2026-05-07
El máximo tribunal decidió no avocarse de manera excepcional al expediente que discute la constitucionalidad de la Ley de Modernización Laboral
La Corte Suprema frena el intento del Ejecutivo de acelerar el debate sobre la reforma laboral
Los ministros Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz firmaron el fallo que deniega el recurso de per saltum
El máximo tribunal del país decidió no avocarse de manera excepcional al expediente que discute la constitucionalidad de la Ley de Modernización Laboral, desestimando así la estrategia del gobierno nacional para obtener una definición judicial rápida.
¿Qué resolvió la Corte?
Los ministros Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz firmaron el fallo que deniega el recurso de per saltum, argumentando que no se cumplen los extremos legales establecidos en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación para saltar instancias judiciales.
Según el artículo 257 de dicha norma, solo es posible omitir etapas intermedias cuando:
El asunto se tramita bajo competencia federal
Existe una gravedad institucional notoria y acreditada
Para el tribunal, ninguna de estas condiciones se verifica en el caso concreto.
Contexto del conflicto judicial
El recorrido de esta causa ha sido sinuoso:
Marzo 2026: El juez laboral Raúl Horacio Ojeda (Juzgado N° 63) declaró la inconstitucionalidad parcial de la Ley 27.802 y suspendió cautelarmente 83 de sus artículos, atendiendo el reclamo de la CGT.
Abril 2026: La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó esa decisión, restableciendo la vigencia plena de la reforma.
16 de abril: La Procuración del Tesoro presentó el per saltum ante la Corte, buscando una intervención directa del máximo tribunal.
7 de mayo: La Corte rechaza el pedido, cerrando temporalmente la vía extraordinaria.
¿Por qué era "inoficioso" el pedido?
Fuentes del ámbito judicial señalaron que, dado que la reforma laboral ya se encuentra vigente tras el fallo de la Cámara de Apelaciones, el recurso presentado por el gobierno carecía de objeto práctico en esta etapa procesal.
Los argumentos de las partes
El Estado nacional, a través de la Procuración, había solicitado:
La admisión del recurso extraordinario
La suspensión de los efectos de la cautelar de primera instancia
La revocación del fallo del juez Ojeda por presunta incompetencia y falta de legitimación colectiva
La CGT, en cambio, sostiene que numerosos artículos de la ley vulneran garantías constitucionales como:
La protección del trabajo como derecho fundamental
La progresividad de los derechos sociales
La libertad sindical
El acceso efectivo a la justicia
¿Qué sigue ahora?
Con este rechazo, el expediente continuará su curso ordinario por las vías judiciales habituales. La reforma laboral sigue aplicándose mientras se resuelven los recursos pendientes, y cualquier definición de fondo sobre su constitucionalidad deberá aguardar el agotamiento de las instancias correspondientes.
En síntesis: La Corte Suprema optó por respetar el itinerario procesal establecido, rechazando el atajo solicitado por el gobierno. La batalla jurídica por la reforma laboral continúa, pero por ahora, la ley sigue en pie.
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