2026-06-19
Fallo judicial
El Banco BBVA deberá devolver $9.600 millones a más de 620.000 usuarios de tarjetas de crédito
La Justicia confirmó una sentencia colectiva por cobros indebidos en refinanciaciones de saldos durante la pandemia. La entidad deberá reintegrar los montos cobrados en exceso y pagar además una multa por daño punitivo.
El Banco BBVA deberá reintegrar aproximadamente 9.600 millones de pesos a más de 620.000 titulares de tarjetas de crédito por haber aplicado intereses y cargos no autorizados durante la refinanciación automática de saldos dispuesta por el Banco Central en el marco de la pandemia de COVID-19.
La resolución fue dictada por la Sala III de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial de Mar del Plata, que dejó firme una de las sentencias colectivas más importantes de los últimos años en materia de defensa del consumidor.
La demanda fue impulsada por la Asociación Civil de Usuarios Bancarios Argentinos (ACUBA) y se extendió durante más de seis años.
Qué cobró de más el banco
La causa se originó en la aplicación del plan de refinanciación de saldos dispuesto por el Banco Central a través de la Comunicación A 6964, que ofrecía tres meses de gracia y luego el pago en nueve cuotas.
Según la investigación, el banco incurrió en tres irregularidades concretas: cobró intereses adicionales no previstos por la normativa del Banco Central, aplicó intereses derivados de demoras en la acreditación de las refinanciaciones e incumplió el plazo mínimo de un año de financiación dispuesto por la autoridad monetaria.
El tribunal ordenó recalcular todas las operaciones alcanzadas y devolver a cada consumidor los importes cobrados de más, más los intereses correspondientes.
Daño punitivo
Además de la devolución, la Cámara confirmó la aplicación de una multa por daño punitivo prevista en la Ley de Defensa del Consumidor.
Los magistrados consideraron que la conducta del banco justificaba una sanción ejemplificadora debido al alcance masivo de la práctica y al beneficio económico obtenido durante varios años.
El monto de la multa se fijó en un equivalente a una vez y media lo que cada usuario deba recibir en concepto de devolución e intereses, dentro del límite previsto por la legislación vigente.
Un punto a favor del banco
La sentencia no fue íntegramente favorable para los usuarios. La Cámara dio la razón al banco en un aspecto puntual: concluyó que la normativa del Banco Central sí permitía que durante los tres meses de gracia se generaran intereses, aunque su cobro debía diferirse para distribuirse en las nueve cuotas posteriores.
Sobre ese punto específico, los jueces revirtieron el criterio de primera instancia.
Cómo sigue el proceso
La sentencia está firme. Ahora deberá avanzarse con la liquidación individual de los montos que corresponden a cada uno de los 620.000 usuarios alcanzados por el fallo.
El tribunal también ordenó la publicación de la sentencia para que los afectados tomen conocimiento de sus derechos y puedan reclamar la devolución que les corresponde.
Las costas de la alzada se impusieron al banco en un 50 por ciento en relación con cada recurso, mientras que no se impusieron costas a la asociación actora.
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