2026-09-05

JUSTICIA FEDERAL

Condenan a 10 años de prisión a una familia por tratar a una adolescente de 13 años

La Cámara Federal de Casación Penal ratificó la sentencia contra un matrimonio y su hijo. La menor fue entregada a cambio de dinero y sometida a un matrimonio forzado y explotación durante dos años.
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas a 10 años de prisión efectiva para un matrimonio y su hijo por el delito de trata de personas con fines de explotación. El fallo, que ya quedó firme, ratificó la sentencia dictada en primera instancia por el Tribunal Oral Federal de San Juan.
 
De acuerdo con la investigación fiscal, los hechos comenzaron entre marzo y abril de 2022 en la provincia de Neuquén. La adolescente, de 13 años, fue entregada por su familia a cambio de un “precio dotal” de 825.000 pesos. El acuerdo estipulaba su unión con un joven de 20 años, quien además era primo de la víctima.
 
Según se acreditó en el expediente, la menor fue trasladada a la provincia de Santa Fe, donde permaneció bajo el control del grupo familiar hasta finales de 2024. Durante ese período, fue sometida a una convivencia forzada, episodios de violencia sexual y maltratos físicos. La investigación detalló que la joven quedó embarazada en dos oportunidades: la primera derivó en un aborto espontáneo y la segunda culminó con el nacimiento de su hijo en 2024.
 
El rescate de la víctima ocurrió en diciembre de 2024 en el departamento Caucete, San Juan. Una persona que se encontraba en una estación de servicio alertó al 911 al ver a la joven intentar escapar con su hijo en brazos. El llamado fue registrado por cámaras del sistema de monitoreo provincial, lo que permitió que el personal policial interceptara el vehículo y la pusiera a resguardo.
 
Durante el juicio, la defensa de los imputados argumentó que la relación había sido voluntaria y solicitó que el caso se analizara bajo el marco de prácticas culturales propias de la familia. El juez Daniel Petrone, al resolver la impugnación, descartó estos planteos.
 
El magistrado sostuvo que la invocación de usos y costumbres no constituye un fundamento válido para sustraerse de la responsabilidad penal cuando están en juego derechos humanos básicos. La sentencia definió la unión como un “matrimonio infantil y forzoso”, destacando la situación de vulnerabilidad de la víctima por su edad.
 
Además de las penas privativas de la libertad, el tribunal fijó una reparación económica de 75 millones de pesos a favor de la joven. En la causa intervino la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX) y distintas áreas del Ministerio Público Fiscal.
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