2026-09-15
JUSTICIA PROVINCIAL
Restablecen la vigencia del régimen penal juvenil en la provincia de Buenos Aires
La Cámara de Apelaciones revocó la medida cautelar que había suspendido la aplicación de la ley nacional 27.801. Los magistrados consideraron que un juez no puede dejar sin efecto de manera general una norma sancionada por el Congreso.
La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Lomas de Zamora revocó la medida cautelar que suspendía por 60 días la aplicación de la ley nacional de responsabilidad penal juvenil (Ley 27.801) en la provincia de Buenos Aires.
La resolución, firmada por los jueces Miguel Carlos Navascués y Miguel María Alberdi, dejó sin efecto la orden dictada previamente por la jueza del Juzgado de Responsabilidad Penal Juvenil 2, Marta Pascual. Esta última había frenado la norma en el marco de una acción de hábeas corpus preventivo y colectivo promovida por la asociación civil No Seas Pavote.
De acuerdo con el fallo, los magistrados sostuvieron que ningún juez puede dejar sin efecto de manera general una norma sancionada por el Congreso mediante una decisión provisoria. Argumentaron que las leyes aprobadas por los mecanismos constitucionales tienen presunción de legitimidad y que la política criminal integra la esfera de reserva del Poder Legislativo.
La resolución surgió tras la apelación presentada por el Ministerio Público Fiscal. Los fiscales cuestionaron que la suspensión se apoyara en hipótesis sobre eventuales consecuencias futuras de la implementación de la norma. Según su criterio, no existía una afectación ilegal o arbitraria concreta acreditada respecto de un adolescente determinado, por lo que la cautelar se basaba en proyecciones y no en vulneraciones actuales de derechos.
Con la revocación de la Cámara, la ley penal juvenil vuelve a estar plenamente vigente en el territorio bonaerense. De ahora en más, cualquier debate sobre sus efectos en el sistema penitenciario juvenil deberá dirimirse caso por caso, y no mediante una suspensión general de la normativa.
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