2026-06-26
JUSTICIA | PRISIÓN DOMICILIARIA
La Casación confirmó que Cristina Kirchner debe seguir usando tobillera electrónica
La Cámara Federal de Casación Penal ratificó por mayoría las restricciones en su domicilio, que incluyen límites para recibir visitas y acceder a la terraza. La medida se mantendrá mientras cumpla su condena en la modalidad domiciliaria.
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó este viernes las condiciones bajo las cuales Cristina Kirchner cumple su condena de seis años de prisión en su domicilio de la ciudad de Buenos Aires. El tribunal resolvió, por mayoría, mantener el monitoreo electrónico, el régimen acotado de visitas y los límites para el acceso a la terraza del edificio.
El fallo fue dictado por la Sala IV. El juez Gustavo Hornos condujo la mayoría con la adhesión de Diego Barroetaveña, mientras que Mariano Borinsky se pronunció en disidencia y propuso levantar todas las medidas.
De acuerdo con la resolución, las pautas de control no constituyen una pena adicional. El tribunal consideró que estas disposiciones se encuentran dentro de las facultades de organización y supervisión que corresponden al magistrado de ejecución penal. Además, indicaron que el estricto acatamiento de las reglas es el comportamiento que se exige a una persona que cumple una pena bajo la modalidad excepcional de arresto domiciliario.
El control de ingresos se endureció en noviembre de 2025. La Justicia tomó conocimiento, a través de una publicación en redes sociales, de una reunión de nueve personas en la vivienda. Aunque los nombres figuraban en una nómina presentada por la defensa, el magistrado de ejecución interpretó que el permiso no habilitaba un encuentro colectivo de esa magnitud.
A partir de ese episodio, los ingresos de terceros quedaron limitados a un máximo de tres personas por ocasión, por un tiempo no mayor a dos horas y hasta dos veces por semana. Cada encuentro requiere una autorización judicial individual, expresa y previa.
En su voto en disidencia, Borinsky propuso retirar el dispositivo de monitoreo, eliminar los límites para usar la terraza y levantar las restricciones a los encuentros. Según su criterio, la autorización judicial previa carece de norma específica y afecta principios de legalidad, reserva e intimidad.
La Cámara también descartó que el acatamiento de las reglas durante el último año obligue a flexibilizarlas. Por el contrario, consideraron que la ausencia de incidentes es la condición necesaria para mantener el arresto en la vivienda. El incumplimiento de las pautas podría provocar la revocación del beneficio y el traslado a una unidad penitenciaria.
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